Vigencia del subsidio. La vigencia de los subsidios que regula el presente decreto será de doce (12) meses calendario contados a partir del primer día del mes siguiente a la fecha de asignación. La Junta Administradora del Fideicomiso, podrá estudiar los casos excepcionales en que se debe ampliar el plazo, sin superar el cincuenta por ciento (50%) del tiempo establecido.
Decreto 1539 de 1999 →Vigente
Artículo 10
Decreto 1539 de 1999 · por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto Legislativo 350 de 1999
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.