Micelio

Artículo 1

º Naturaleza Del Impuesto, Exigibilidad Y Administracion

Decreto 1869 de 1988 · Por el cual se reglamenta la Ley 55 de 1985 en relación con el recaudo y pago al tesoro nacional del impuesto establecido por el artículo 15 de la mencionada

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º NATURALEZA DEL IMPUESTO, EXIGIBILIDAD Y ADMINISTRACION. El gravamen creado por el artículo 15 de la Ley 55 de 1985, es un impuesto nacional indirecto exigible desde el 26 de junio de 1985, fecha de promulgación de esa ley. Este impuesto en su totalidad del dieciséis por ciento (16%) debe ingresar al Fondo de Fomento Cinematográfico, creado por el artículo 15 de la Ley 55 de 1985, Fondo que administra la Compañía de Fomento Cinematográfico -Focine-, a nombre de la Nación, "en los términos que señale el Gobierno". La percepción de este impuesto por el Tesoro Público, su liquidación, cobro, verificación, discusión y control estarán a cargo de la Compañía de Fomento Cinematográfico -Focine-.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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