Micelio

Artículo 33

Dirección Académica

Decreto 1294 de 2021 · Por el cual se modifica la estructura de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil -Aerocivil

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección Académica . Son funciones de la Dirección Académica, las siguientes

1.

Ofertar programas de formación integral, en educación superior y formación continua, enmarcados en el desarrollo de las funciones sustantivas de la educación superior.

2.

Ofertar programas de formación, capacitación, actualización y entrenamiento, como Centro de Instrucción Aeronáutica, de acuerdo con los lineamientos de la Autoridad Aeronáutica.

3.

Diseñar, coordinar y ejecutar programas de formación integral y actividades académicas encaminadas a fortalecer el talento humano de la entidad y el sector aeronáutico.

4.

Desarrollar políticas y lineamientos curriculares para la actualización de la oferta educativa del Centro de Estudios Aeronáuticos -CEA.

5.

Promover la movilidad académica, a nivel nacional e internacional, de los estudiantes del Centro de Estudios Aeronáuticos -CEA en coordinación con la Oficina Asesora de Comunicaciones y Relacionamiento Institucional.

6.

Generar estrategias para promover y fortalecer el desarrollo docente.

7.

Coordinar con las dependencias de la Aerocivil y organizaciones del sector aeronáutico, la actualización, retroalimentación y pertinencia de los programas académicos.

8.

Diseñar, coordinar y ejecutar programas de extensión y proyección social orientados a satisfacer las necesidades del sector aeronáutico.

9.

Desarrollar y mantener actualizados los programas académicos de acuerdo con los planes establecidos o a los requerimientos de la entidad.

10.

Atender las peticiones y requerimientos relacionados con los asuntos de su competencia.

11.

Apoyar en la implementación, mantenimiento y mejora continua del Modelo Integrado de Planeación y Gestión.

12.

Mantener y administrar la documentación actualizada en el Sistema de Gestión y sistemas informáticos de su competencia, observando criterios de oportunidad, veracidad y confiabilidad de la información.

13.

Las demás que le sean asignadas de acuerdo• con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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