Los suboficiales a que se refiere el artículo anterior, serán calificados y clasificados como Suboficiales alumnos conforme lo estipula el reglamento de clasificación y calificación para el personal de la Policía Nacional y podrán ascender durante su permanencia en la Escuela general Santander, dentro del escalafón de Suboficiales, previo concepto favorable de la Dirección de la Escuela, con base en los resultados académicos obtenidos.
Artículo 17
Los Suboficiales A Que Se Refiere El Artículo Anterior, Serán Calificados Y Clasificados Como Suboficiales Alumnos Conforme Lo Estipula El Reglamento De Clasificación Y Calificación Para El Personal De La Policía Nacional Y Podrán Ascender Durante Su Permanencia En La Escuela General Santander, Dentro Del Escalafón De Suboficiales, Previo Concepto Favorable De La Dirección De La Escuela, Con Base En Los Resultados Académicos Obtenidos
Decreto 2553 de 1975 · Por el cual se reglamenta el Decreto 2388 de 1971, reorgánico de la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.