Micelio

Artículo 17

Los Suboficiales A Que Se Refiere El Artículo Anterior, Serán Calificados Y Clasificados Como Suboficiales Alumnos Conforme Lo Estipula El Reglamento De Clasificación Y Calificación Para El Personal De La Policía Nacional Y Podrán Ascender Durante Su Permanencia En La Escuela General Santander, Dentro Del Escalafón De Suboficiales, Previo Concepto Favorable De La Dirección De La Escuela, Con Base En Los Resultados Académicos Obtenidos

Decreto 2553 de 1975 · Por el cual se reglamenta el Decreto 2388 de 1971, reorgánico de la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los suboficiales a que se refiere el artículo anterior, serán calificados y clasificados como Suboficiales alumnos conforme lo estipula el reglamento de clasificación y calificación para el personal de la Policía Nacional y podrán ascender durante su permanencia en la Escuela general Santander, dentro del escalafón de Suboficiales, previo concepto favorable de la Dirección de la Escuela, con base en los resultados académicos obtenidos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2553 de 1975