Micelio

Artículo 28

Decreto 394 de 1987 · por el cual se reglamentan los Decretos-leyes 3069 de 1968 y 149 de 1976 y se establece una estructura nacional de tarifas para los servicios de acueducto y alcantarillado.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Junta Nacional de Tarifas de Servicios Públicos dispondrá lo necesario para aplicar los criterios mencionados en este Decreto.

Parágrafo

La Junta Nacional de Tarifas de Servicios Públicos diseñará, en coordinación con las entidades involucradas, la estrategia de aplicación de la estructura tarifaria definida en este Decreto a fin de minimizar cualquier impacto negativo sobre los usuarios y sobre las finanzas de las entidades que presten los servicios de acueducto y alcantarillado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 394 de 1987