º . El Ministerio de Defensa por intermedio de la Dirección General de Sanidad y la Dirección de Reclutamiento del Ejército, definirá las condiciones clínicas graves e incapacitantes a que se refiere el numeral 2 del artículo 6º de la Ley 1184 de 2008. Hasta tanto esa materia no sea objeto de definición en los términos del presente artículo, se dará aplicación a las disposiciones vigentes.
Decreto 2124 de 2008 →Vigente
Artículo 3
Decreto 2124 de 2008 · por el cual se reglamenta la Ley 1184 de 2008 por la cual se regula la Cuota de Compensación Militar.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.