º. Durante los días 18 y 19 de julio del presente año; por las estaciones de radiodifusión sonora y por los canales de televisión, no podrán transmitirse conferencias discursos, mesas redondas o comentarios de carácter político relacionados con las elecciones a realizarse el 19 de julio del año en curso, excepción hecha de las informaciones estrictamente electorales. Tampoco podrán efectuarse estas transmisiones, mediante el uso de altoparlantes. Durante este período, podrán transmitirse por las estaciones de radiodifusión sonora, y por medio de altoparlantes, anuncios publicitarios de carácter político, cuando única mente contengan invitaciones a sufragar por determinados partidos, movimientos políticos o candidatos.
No obstante lo dispuesto en el presente artículo, el Intendente de San Andrés y Providencia y Ios Alcaldes Municipales del Departamento de Bolívar podrán en cualquier tiempo, por razones de conveniencia, prohibir el uso de altoparlantes dentro del respectivo municipio o intendencia.