La Financiera Eléctrica Nacional S. A., FEN, se abstendrá de desembolsar el valor de los créditos que soliciten las Empresas del Sistema Eléctrico Interconectado, si estas no demuestran que se encuentran a paz y salvopor concepto de las compras antes mencionadas.
Este paz y salvo estará constituido por un certificado del Revisor Fiscal o quien haga sus veces, ante la empresa vendedora, en el que conste que se han suscrito los pagarés contemplados en el presente reglamento y se han cancelado las compras de combustible para generación de energía eléctrica, efectuadas con posterioridad a la vigencia de esta normación.