Micelio

Artículo 3

La Financiera Eléctrica Nacional S

Decreto 2987 de 1984 · Por la cual se reglamentan parcialmente la Ley 11 de 1982 y la Ley 1? de 1984

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Financiera Eléctrica Nacional S. A., FEN, se abstendrá de desembolsar el valor de los créditos que soliciten las Empresas del Sistema Eléctrico Interconectado, si estas no demuestran que se encuentran a paz y salvopor concepto de las compras antes mencionadas.

Parágrafo

Este paz y salvo estará constituido por un certificado del Revisor Fiscal o quien haga sus veces, ante la empresa vendedora, en el que conste que se han suscrito los pagarés contemplados en el presente reglamento y se han cancelado las compras de combustible para generación de energía eléctrica, efectuadas con posterioridad a la vigencia de esta normación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2987 de 1984