º. Convocar al honorable Congreso de la República a sesiones extraordinarias, a partir del 30 de junio con el objeto de que examine, hasta por un lapso de treinta días, prorrogables, el informe que debe presentar el Gobierno de conformidad con el artículo 215 de la Carta, y se pronuncie sobre la conveniencia y oportunidad de las medidas adoptadas.
Decreto 1322 de 1994 →Vigente
Artículo 1
º
Decreto 1322 de 1994 · Por el cual se convoca al honorable Congreso de la Republica a sesiones extraordinarias.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.