Micelio

Artículo 5

La Recepción De Declaraciones De Renta Se Hará Únicamente En Días Hábiles

Decreto 3045 de 1979 · Por el cual se fijan los plazos para la presentación de las declaraciones de impuestos sobre la Renta y Ventas; para el pago de la liquidación privada, correspondiente al año gravable de 1979 en Renta y para el pago de las liquidaciones privadas en el impuesto sobre las Ventas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La recepción de declaraciones de renta se hará únicamente en días hábiles. El horario será de 10:00 a. m. a 6:00 p.m., en el período comprendido entre el 1º de marzo y el 12 de mayo de 1980. En los demás días del año, la recepción de declaraciones se hará dentro del horario normal de atención al público en cada Administración y Recaudación de Impuestos Nacionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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