Micelio

Artículo 40

Desarrollo De Estrategias De Comunicación En Salud Propia E Intercultural

Decreto 480 de 2025 · por el cual se establece e implementa el Sistema Indígena de Salud Propia e Intercultural (SISPI) como la política de Estado en salud para los pueblos indígenas de Colombia y se dictan otras disposiciones.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Desarrollo de Estrategias de Comunicación en Salud Propia e Intercultural . En el marco del principio de colaboración armónica entre las entidades del Estado, con el fin de promover el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones en la salud propia e intercultural requeridas, el Ministerio de Salud y Protección Social promoverá la coordinación entre las entidades competentes y la Subcomisión de Salud para formular estrategias que impulsen el acceso y apropiación de las TIC en la operatividad del SISPI, el fomento y divulgación de contenidos y aplicaciones de interés público con enfoque social en salud propia e intercultural con la participación de los medios de comunicación propios de los Territorios Indígenas. De conformidad con lo previsto en los artículos 2°, 4°, 13, 18, 35 y 40 de Ley 1341 de 2009, estas acciones se podrán implementar conforme las funciones y competencias previstas para la institucionalidad del sector de tecnologías de la información y las comunicaciones.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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