ARTICULO 1o. A partir del 1o. de enero de 1993, la asignación básica para los empleos del personal docente de la Universidad Militar "Nueva Granada", según categorías del escalafón, será la siguiente: DENOMINACION ASIGNACION BASICA MENSUAL Instructor 225.229 Profesor asistente 279.833 Profesor asociado 339.033 Profesor titular 394.112 Quienes sean vinculados como docentes a la Universidad Militar "Nueva Granada" con título de formación técnica profesional o formación tecnológica, tendrán una asignación básica mensual de CIENTO SESENTA MIL SEISCIENTOS CUARENTA PESOS ($160.640) moneda corriente.
La asignación básica mensual señalada en el presente artículo, corresponde exclusivamente a empleos de carácter permanente y de tiempo completo, con jornada no inferior a cuarenta (40) horas semanales.
La asignación básica mensual de los docentes de tiempo parcial será proporcional al tiempo de su dedicación.
Los docentes no podrán percibir sumas diferentes a las señaladas o a las que les corresponden de conformidad con el presente decreto.