Micelio

Artículo 2

º

Decreto 4756 de 2005 · por el cual se modifica la estructura de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Suprímase en la organización interna del Nivel Central de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales prevista en el artículo 2 º del Decreto 1265 de 1999, la División de Transporte de la Subsecretaría de Recursos Físicos; la División de Recaudos Especiales y la División de Cumplimiento Voluntario y Determinación de Obligaciones de la Subdirección de Recaudación; la División de Investigaciones Especiales de la Subdirección de Fiscalización Tributaria; la Subdirección de Normalización de Pymes de la Dirección de Impuestos; la División de Registro y Formalización, y División de Control de la Subdirección de Normalización de Pymes; la División de Investigaciones Especiales de la Subdirección de Fiscalización Aduanera; la División de Investigaciones Especiales y División Casas de Cambio de la Subdirección de Control Cambiario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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