Micelio

Artículo 6

º Los Sueldos Básicos Mensuales Para El Personal De Empleados Públicos Del Ministerio De Defensa, Las Fuerzas Militares Y La Policía Nacional Serán Los Siguientes: Especialista Asesor Primero $ 48

Decreto 95 de 1986 · por el cual se fijan los sueldos básicos para el personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares, Oficiales, Suboficiales y Agentes de la Policía Nacional y Empleados Públicos del Ministerio de Defensa, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, se establecen bonificaciones para Alféreces, Guardiamarinas, Pilotines. Grumetes y Soldados y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los sueldos básicos mensuales para el personal de empleados públicos del Ministerio de Defensa, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional serán los siguientes: Especialista Asesor Primero $ 48.580.00 Especialista Asesor Segundo 44.500.00 Especialista Jefe 40.530.00 Especialista Primero 32.920.00 Especialista Segundo 30.340.00 Especialista Tercero 27.080.00 Especialista Cuarto 25.100.00 Especialista Quinto 23.440.00 Especialista Sexto 20.830.00 Adjunto Jefe 20.280.00 Adjunto Intendente 19.170.00 Adjunto Mayor 18.000.00 Adjunto Especial 17.800.00 Adjunto Primero 17.600.00 Adjunto Segundo 17.400.00 Adjunto Tercero 17.200.00 Auxiliar Primero 17.000.00 Auxiliar Segundo 16.820.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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