°. Incentivo puntual . El incentivo puntual, cuya finalidad es promover la fidelidad en el ahorro, consiste en acceder a microseguros ofertados por compañías aseguradoras legalmente constituidas. La definición de la cobertura y los anexos o complementos de los microseguros, deberán ser aprobados por la Junta Directiva de Colpensiones. La garantía de mantener el poder adquisitivo de los aportes al Servicio Social Complementario BEPS ofrecida por la administradora de dicho mecanismo con el fin de proteger los recursos de los beneficiarios y los gastos de administración relativos a este Servicio Social Complementario, se constituyen también como un incentivo puntual. La Comisión Intersectorial de Pensiones y Beneficios Económicos podrá determinar otra clase de incentivos puntuales y/o aleatorios en virtud del seguimiento de que trata el
del artículo 7°.