Micelio

Artículo 1676

Del Presupuesto De La Vigencia Fiscal En Curso

Decreto 1581 de 1950 · Por lo cual se reorganiza la Zona de Carreteras Nacionales de Pasto

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. A partir del primero de abril del presente año, la nomenclatura, el personal y las asignaciones de la Zona de Carreteras Nacionales de Pasto, serán los siguientes: Dirección: Un Ingeniero Jefe $ 1.000.00 Un Ingeniero Ayudante 800.00 Un Secretario Jefe de Personal 300.00 Cinco Inspectores, cada uno 350.00 Un Inspector Dibujante 400.00 Caja: Un Cajero Pagador 450.00 Un Cajero Auxiliar 300.00 Contabilidad y Estadística: Un Contador General 400.00 Un Ayudante Contador 300.00 Una Mecanógrafa 180.00 Un Oficial de Kárdex y Estadística 250.00 Almacén: Un Almacenista General 400.00 Un Contador de Almacén 300.00 Dos Subalmacenistas, cada uno 250.00 Sanidad: Un Médico Jefe 700.00 Un Médico Ayudante 600.00 Un Farmacéutico Enfermero 220.00 Un Oficial de Sanidad 200.00

Parágrafo

El Inspector Dibujante que figura en la Dirección de esta Zona, estará encargado de la construcción del camino Pasto-Los Alisales, y se pagará con la partida destinada a esta obra, Capítulo 115, artículo 1676 del Presupuesto de la vigencia fiscal en curso. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1581 de 1950