Micelio

Artículo 3

Ley 13 de 1890 · por la cual se crea el Ministerio de Justicia y se derogan los artículos 1o y 2o de la Ley 28 de 1888

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 3°. La Dirección general de Correos y Telégrafos creada por la Ley 86 de 1888, continuara con los mismos empleados que hoy tiene, como Sección del Ministerio de Gobierno y deróganse los artículos 1° y 2° de Ley 28 de 1888.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 13 de 1890