Artículo tercero. Este Decreto rige desde la fecha de aprobación por el Gobierno Nacional". Comuníquese y publíquese.
Decreto 3141 de 1963 →Vigente
Artículo 4
Decreto 3141 de 1963 · Por el cual se aprueba con modificaciones el Decreto número 286 de 1963 (octubre 11), de la Intendencia Nacional de La Guajira
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.