Micelio

Artículo 10

Ley 60 de 1918 · Sobre colonias penales en el departamento Norte de Santander y en la Intendencia del Meta

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El título de propiedad consistirá en copia debidamente autenticada de la resolución que dicte el Ministerio de Agricultura concediendo adjudicación definitiva, y protocolizada por el empleado que haga de Notario.

Parágrafo

Dichos títulos se declararán exentos del pago de los derechos de timbre y papel sellado, registro fiscal y Notaría.

Parágrafo

Esta exención no comprende las escrituras y demás documentos por los cuales los colonos se transmitan la propiedad y domicilio de sus fincas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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