Micelio

Artículo 2

Decreto 2542 de 1999 · por el cual se modifica el Decreto 2542 de 1997

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . El artículo 22 del Decreto 2542 de 1997 quedará así: Artículo 22. Limitación del número de líneas. En ningún momento los concesionarios de licencias de TPBCLD o sus socios o empresas subordinadas o filiales o matrices, que prestan servicios de TPBCL o TPBCLE podrán operar o tener directa o indirectamente, en conjunto o individualmente más del cuarenta y tres por ciento (43%) del total de las líneas instaladas y en servicio en el país. Para efectos del cómputo del anterior porcentaje, se tendrán únicamente en cuenta el número de líneas instaladas y en servicio de los operadores de TPBCL y TPBCLE que tengan más del sesenta por ciento (60%) de participación en el mercado relevante de estos servicios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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