Autorízase al Gobierno para pagar en bonos del 8 por 100 los auxilios decretados para acueductos de los Municipios que no han podido ser cubiertos por el estado del Tesoro Nacional, siempre que las entidades beneficiadas acepten ese pago en tal forma, y que tales auxilios hayan quedado liquidados en la ley de Presupuesto de la actual vigencia; así como también para pagar. En la misma forma, los auxilios decretados por el artículo 1º de la ley 30 de 1928 y por el artículo 3º de la Ley 63 de 1928 .
Ley 41 de 1929 →Vigente
Artículo 3
Ley 41 de 1929 · POR LA CUAL SE DAN UNAS AUTORIZACIONES AL PODER EJECUTIVO Y SE DEROGA UNA DISPOSICIÓN RELACIONADA CON EL RAMO DE GUERRA
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.