Artículo tercero. Con base en los nuevos recursos fiscales de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales supleméntales y extraordinarios- ai Presupuesto dé Gastos para la presente vigencia fiscal: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES CAPITULO 15 Gastos varios Ala. Al artículo 229-A. Pata atender a los gastos que demande la Réunión del Vl Período de Sesiones de la Comisión Económica para la América Latina (CEPAL) de las Naciones Unidas, según Convenio suscrito el 16 de mayo de 1954 750.000.00 MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO Gastos de Administración, Auxilios y Otros . CAPITULO 40 Aportes, Participaciones e Ittdens-ftintíones. B2II. Al articuló 463-A. Para entregar a la ''Corpora'ción Autónoma Regional del Cauca", creada por Decreto legislativo número 3110 de 1964, de conformidad con el Acto legislativo número 5 del mismo año, el aporte de la Nación para iniciar labores según el artículo 9.° de dicho Decreto 250.000.00 CldlII. Al artículo 463-B. Para pagar parte de la suma destinada para atender a las obras de defensa de la ciudad de Bucaramanga, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto legislativo número 0746 de 1954 $250.000.00 $ 500.000.00 MINISTERIO DE SALUD PUBLICA CAPITULO 71 División Nacional de Salubridad Pública . Clf(a). Al artículo 998-B. Para los gastos que demande la construcción, instalación, dotación y funcionamiento de diez (10) Puestos de Salud en los Llanos Orientales, en los sitios y conforme a distribución que fije el Gobierno Nacional por decreto separado 150.000.00 MINISTERIO DE COMUNICACIONES CAPITULO114 Gastos varios. Ala. Al artículo 2562-A. Para atender a los gastos que demanden la organización y la reunión del VII Congreso de la Unión Postal de las Amérlcas y España, que se efectuará, en Bogotá en el presente año, según lo dispuesto por el Decreto legislativo número 3115 de 1954 350.000.00 MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS CAPITULO 117 Obras Hidráulicas - Construcción. ClbV(a). Al artículo 2590. Para las obras del Terminal Marítimo de Santa Marta y gastos de interventoría, así 1.600.000.00 Ejecución de obras 1.600.000.00 CAPITULO 125 Ferrocarriles Nacionales. ClblII(a). Al artículo 2695-A. Para la prolongación y demás gastos del Ferrocarril del Atlántico (ex-Ferrocarril del Magdalena) desde Gamarra hasta Fundación. (Decreto legislativo número 1007 de 1955)- 8.350.000.00 Subtotal $ 9.950.000.00 OBRAS E INVERSIONES CON RECURSOS DEL CREDITO CAPITULO 134-A Ferrocarriles Nacionales . ClblH(a). Al artículo 2819-A. Para la prolongación y demás gastos del Ferrocarril del Atlántico (ex-Ferrocarril del Magdalena) desde Gamarra hasta Fundación. (Decre legislativo número 1007 de 1955) 1.500.000.00 $ 11.450.000.00 Total $ 13.200.000.00
Decreto 1184 de 1955 →Vigente
Artículo 229
-A
Decreto 1184 de 1955 · Por el cual se hacen unas traslaciones y se abren unos créditos adicionales-suplementales y extraordinarios - al Presupuesto para la vigencia fiscal en curso. (Ministerio de Relaciones Exteriores, de Hacienda y Crédito Público, de Salud Pública, de Fomento, de Comunicaciones y de Obras Públicas)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.