Micelio

Artículo 11

De La Política Nacional De Apoyo Y Fortalecimiento A La Familia

Ley 1361 de 2009 · por medio de la cual se crea la Ley de Protección Integral a la Familia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dentro de los propósitos de fortalecimiento de la familia, el Estado y la sociedad civil, generarán espacios de reflexión e interrelación entre los miembros de la familia. Para tal efecto, el Gobierno Nacional, en cabeza del Ministerio de la Protección Social, elaborará una Política Nacional de apoyo y fortalecimiento a la Familia teniendo en cuenta los siguientes objetivos:

1.

Formular una política pública diseccionada al fortalecimiento de la familia, reduciendo los factores de riesgo.

2.

Mejorar las condiciones de vida y entorno de las familias.

3.

Fortalecer la institución de la familia como núcleo fundamental de la sociedad.

4.

Generar espacios de reflexión y comunicación de los miembros de la familia.

5.

Dar asistencia y atención integral a las familias en situación especial de riesgo.

6.

Brindar apoyo y asistencia a la transición de la maternidad y la paternidad.

7.

Fortalecer la relación de pareja hacia la consolidación de la familia.

8.

Direccionar programas, acciones y proyectos del Estado y la Sociedad de acuerdo a las necesidades, dinámicas y estructuras de las familias.

Parágrafo

El Gobierno Nacional podrá incluir las asignaciones de recursos necesarios, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente ley, en los proyectos anuales de presupuesto, el marco fiscal de mediano plazo y el Plan Nacional de Desarrollo.

Parágrafo transitorio

El Gobierno Nacional contará con un plazo máximo de un año para el diseño y elaboración de la política nacional de apoyo y fortalecimiento de la familia de acuerdo a los principios, objetivos y líneas de intervención establecidas en la presente ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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