El concurso privado de méritos se efectuará conforme a las siguientes reglas
El jefe de la entidad contratante ordenará su apertura mediante resolución motivada.
La entidad contratante elaborará los términos de referencia conducentes a determinar el objeto del concurso y los requisitos exigidos a los concursantes, en los cuales se deberá indicar
Las especificaciones del proyecto de investigación científica o tecnológica objeto del contrato proyectado;
Las calidades que se exijan a los concursantes;
El lugar, sitio, día y hora de apertura y cierre del concurso;
Las condiciones y forma de cumplimiento, así como las modalidades y forma de pago;
El término dentro del cual se hará la adjudicación y el plazo para la firma del contrato una vez efectuada la adjudicación;
La minuta del contrato que se pretende celebrar con inclusión de las cláusulas obligatorias;
El número mínimo de concursantes exigido para que el concurso no ea declarado desierto, que en ningún caso podrá ser inferior a dos;
Los criterios que se tendrán en cuenta para la adjudicación, y
La posibilidad de presentar propuestas conjuntas.