La Solicitud De Rebaja De Pena Debe Acompañarse De Los Siguientes Documentos: A) Copia De Las Sentencias De Primera Y Segunda Instancia Y De Casación Si Fuere El Caso; B) Certificado De Buena Conducta Y Tiempo De Pena Cumplido, Expedidos Por El Director Del Respectivo Establecimiento Carcelario, Previo Concepto Del Consejo De Disciplina, Y C) Certificado Sobre Antecedentes Judiciales Y Policivos Del Peticionario Expedido Por El Gabinete De Identificación De La Policía
Decreto 1726 de 1953 · Por el cual se reglamenta el Decreto 1546 de 1953 sobre rebaja de penas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º. La solicitud de rebaja de pena debe acompañarse de los siguientes documentos
a)
Copia de las sentencias de primera y segunda instancia y de casación si fuere el caso;
b)
Certificado de buena conducta y tiempo de pena cumplido, expedidos por el Director del respectivo establecimiento carcelario, previo concepto del Consejo de Disciplina, y
c)
Certificado sobre antecedentes judiciales y policivos del peticionario expedido por el Gabinete de Identificación de la Policía.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.