Micelio

Artículo 147

A La Sala De Trabajo De Los Jefes De Sección No Podrá Entrar Ningún Individuo Extraño Al Cuerpo Administrativo De Guerra Ó Que No Sea Empleado En Los Ministerios Ó En Los Estados Mayores Y Esto Con Motivo Del Servicio Público

Decreto 153 de 1897 · Orgánico de la Contabilidad militar

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A la Sala de trabajo de los Jefes de Sección no podrá entrar ningún individuo extraño al Cuerpo administrativo de guerra ó que no sea empleado en los Ministerios ó en los Estados Mayores y esto con motivo del servicio público. Las horas de trabajo en la Oficina de la Intendencia general del Ejército, las determinará el Intendente día por día; mas ellas no podrán ser menos de ocho. Sección 4.ª DE LOS INTENDENTES DEL EJÉRCITO Ó COMISARIOS.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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