Micelio

Artículo 14

Decreto 1066 de 1999 · por el cual se establece la estructura del Banco Agrario de Colombia, S. A.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Gerencia de Planeación y Control Financiero. La Gerencia de Planeación y Control Financiero tendrá las siguientes funciones

a)

Dirigir, vigilar y coordinar la ejecución de los programas adoptados y en el despacho correcto y oportuno de los asuntos de su competencia;

b)

Diseñar, dirigir y controlar la preparación del presupuesto general de acuerdo con las políticas establecidas por la Junta Directiva y Presidencia de la Entidad;

c)

Definir y orientar la ejecución de estudios que permitan determinar el comportamiento financiero de la Entidad a nivel nacional, departamental, regional y en sucursales y agencias con el fin de mejorar los resultados financieros;

d)

Dirigir y controlar las actividades de planeación relacionadas con el direccionamiento de la Entidad, estudios macroeconómicos, apertura y cierre de agencias, evaluación económica y financiera de proyectos de inversión;

e)

Dirigir y coordinar la elaboración de informes y estudios que faciliten a la Vicepresidencia Financiera y demás áreas de la Administración en la toma de decisiones;

f)

Las demás funciones inherentes a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1066 de 1999