Micelio

Artículo 21

Decreto 4530 de 2008 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio del Interior y de Justicia y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Dirección de Justicia Transicional. Son funciones de la Dirección de Justicia Transicional, las siguientes

1.

Formular, coordinar, y fomentar una política de Estado en materia de justicia transicional.

2.

Coordinar y articular los Comités y los Subcomités en el tema de justicia transicional que de él se desprendan, y apoyar la Secretaría Técnica de los mismos, de acuerdo con las instrucciones impartidas por el Viceministro de Justicia y del Derecho.

3.

Apoyar las actividades inherentes a la ejecución de los procesos de Justicia transicional con las entidades del Estado competentes.

4.

Apoyar la coordinación con las entidades encargadas de los procesos de reinserción y resocialización de los desmovilizados en el marco normativo de la justicia transicional.

5.

Realizar con las entidades competentes en el seguimiento de los procesos de justicia transicional.

6.

Trabajar armónicamente con la Comisión Nacional de Reparación y Reinserción en el diseño y ejecución del Plan Nacional de Reparación.

7.

Asesorar al Ministro y Viceministros en el tema de Justicia transicional.

8.

Coordinar con la Dirección de Política Criminal y Penitenciaria lo relativo al apoyo al cumplimiento de las medidas de aseguramiento y el tratamiento penitenciario.

9.

Estudiar, tramitar y proyectar para la firma del Ministro, los decretos relativos a indultos de conformidad con la legislación vigente.

10.

Participar activamente en los diferentes escenarios para la actualización y ejecución de la justicia transicional.

11.

Preparar los proyectos de las postulaciones individuales y colectivas a ser presentadas a la Fiscalía General de la Nación.

12.

Promover y realizar los análisis, estudios e investigaciones necesarias para generar conocimiento y el fortalecimiento de las políticas en materia de justicia transicional con las entidades que tengan responsabilidades en el tema.

13.

Preparar anteproyectos de ley o de actos legislativos, así como efectuar el análisis normativo y jurisprudencial en coordinación con la Dirección de Ordenamiento Jurídico, y con la Oficina de Asuntos Legislativos en la presentación, discusión y seguimiento, en materia de su competencia.

14.

Participar en las Juntas, Comisiones, Comités y Grupos Técnicos de los cuales haga parte o por delegación del Ministro o Viceministros.

15.

Atender las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia.

16.

Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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