º. Registros contables . Los exhibidores cinematográficos deberán llevar dentro de su contabilidad un libro auxiliar por cada sala de exhibición, en el cual se registren diariamente los ingresos de la respectiva sala y el valor del impuesto causado. Cuando los exhibidores cinematográficos no estén obligados a llevar contabilidad de acuerdo con las normas del código de Comercio, deberán llevar un registro diario de ingresos e impuesto causado por sala, que deben conservar en su poder y mantener a disposición de la Administración Tributaria, cuando ésta lo requiera. La omisión de estos registros da lugar a la sanción de que trata el artículo 9 del presente Decreto.
Decreto 2529 de 1987 →Inexequible
Artículo 5
Registros Contables
Decreto 2529 de 1987 · por el cual se dictan normas para el efectivo control, recaudo, cobro, determinación y discusión del impuesto de que trata el artÃculo 15 de la Ley 55 de 1985.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.