Art. 4.° Suprímese el empleo de Guarda en la Agencia Postal nacional de Buenaventura y auméntase el sueldo de los siguientes empleados de la misma Oficina. El del Oficial de Recibo, á $ 1,500 El del Portero Escribiente á 1,000
Parágrafo
El presente Decreto principia á surtir sus efectos desde esta misma fecha Comuníquese y publíquese