º. La pensión vitalicia creada en el artículo 45 de la Ley 181 de 1995 para las glorias del deporte nacional será compatible con cualquiera otra pensión o clase de remuneración, siempre que se cumplan las condiciones del artículo citado. El acto de reconocimiento y su pago estarán a cargo del Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes.
Decreto 1231 de 1995 →Vigente
Artículo 3
º
Decreto 1231 de 1995 · por el cual se establece el otorgamiento de estímulos académicos, económicos y de seguridad social para deportistas nacionales destacados en el ámbito nacional o internacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.