ARTICULO 9o. DIRECCION GENERAL DE PROTOCOLO. - Son funciones de la Dirección General de Protocolo, las siguientes
Dirigir el Ceremonial Diplomático del Estado y asesorar sobre el particular a las entidades oficiales que lo soliciten. En desarrollo de esta función, en todos los actos o ceremonias a los que concurra el Presidente de la República y en los que participen miembros del Cuerpo Diplomático o Funcionarios Oficiales extranjeros, organizará el programa correspondiente y vigilará el cumplimiento de las normas pertinentes.
Coordinar todos los aspectos de ceremonial y protocolo en las visitas que realicen al país los Jefes de Estado, Jefes de Gobierno y Funcionarios de Estado.
Asistir al Presidente de la República y al Ministro de Relaciones Exteriores en las visitas oficiales que realicen fuera del país.
Participar de conformidad con las disposiciones vigentes en las sesiones de los Consejos que otorgan las Condecoraciones Nacionales de las Ordenes de Boyacá, de San Carlos y Nacional al Mérito y tramitar la autorización a funcionarios colombianos para aceptar condecoraciones extranjeras.
Tramitar las solicitudes de audiencias protocolarias de los jefes de misiones extranjeras, funcionarios oficiales extranjeros y funcionarios de Organismos Internacionales, con el Presidente de la República, con el Ministro de Relaciones Exteriores, con los Viceministros y con el Secretario General del Ministerio.
Señalar la precedencia de los Agentes Diplomáticos y determinar la de los asistentes a ceremonias o actos oficiales que cuenten con la presencia del Ministro de Relaciones Exteriores, de los Viceministros, del Secretario General del Ministerio o del Cuerpo Diplomático acreditado en Colombia.
Evaluar y registrar la acreditación correspondiente de los funcionarios diplomáticos y consulares acreditados ante el Gobierno y de los funcionarios de los Organismos Internacionales y misiones de Asistencia Técnica, al igual que gestionar ante las autoridades nacionales la aplicación de privilegios, inmunidades y prerrogativas a que éstos tengan derecho.
Ordenar la preparación y revisión de las Cartas Credenciales, Letras Patentes, diplomas, y otros documentos de esta índole. Autorizar la expedición de los diferentes documentos de identificación a los representantes diplomáticos y consulares extranjeros y a los representantes de Organismos Internacionales y de Asistencia Técnica.
Asesorar a las dependencias pertinentes en la negociación de Tratados, en aquellos aspectos relativos a Privilegios e Inmunidades y emitir los conceptos que le soliciten.
Las demás que por su naturaleza sean afines a las ya descritas.