Micelio

Artículo 14

Conglomerados Urbanos

Decreto 1134 de 1988 · por medio del cual se reglamenta el proceso electoral tendiente a efectuar nueva elección de Alcalde.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Conglomerados urbanos. Cuando se trate de conglomerados urbanos, el Gobierno, una vez la Registraduría del Estado Civil haya tomado las medidas necesarias para verificar los cruces en las listas de sufragantes de los municipios respectivos expedirá el decreto de autorización de tránsito. Este decreto debe expedirse con un mes de anterioridad, por lo menos, a la fecha de elección.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1134 de 1988