º . El cupo de emisión de "Títulos de Tesorería -TES- Clase B" autorizado por el artículo primero del presente Decreto que no se haya utilizado para realizar pagos correspondientes a la vigencia presupuestal del año 2007 podrá ser utilizado en el año 2008 para atender las reservas presupuestales correspondientes a la vigencia del año 2007 y en todo caso se entenderá agotado el 31 de diciembre del año 2008.
Decreto 4593 de 2006 →Vigente
Artículo 7
º
Decreto 4593 de 2006 · por el cual se ordena la emisión de "Títulos de Tesorería -TES- Clase B" destinados a financiar apropiaciones del Presupuesto General de la Nación y efectuar operaciones temporales de tesorería correspondientes a la vigencia fiscal del año 2007.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.