º ZONA DE REGIMEN ADUANERO ESPECIAL. El régimen aduanero especial establecido en este Decreto se aplicará exclusivamente a las mercancías que se importen al Municipio de Leticia en el Departamento del Amazonas, cuyo perímetro urbano constituirá la Zona de Régimen Aduanero Especial. CAPITULO II. IMPORTACION Y CONSUMO DENTRO DE LA ZONA
Decreto 190 de 1994 →Vigente
Artículo 1
º Zona De Regimen Aduanero Especial
Decreto 190 de 1994 · por el cual se establece un tratamiento aduanero preferencial para el Municipio de Leticia en el Departamento del Amazonas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.