Créese un comité que se reunirá por lo menos una vez al mes para detectar las irregularidades en materia de importaciones y exportaciones, que estará conformado por: 1) El Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado, 2) El Ministro de Comercio Exterior o su delegado, 3) El Director de la Unidad Administrativa Especial de Impuestos y Aduanas Nacionales y 4) El Superintendente Bancario o su delegado.
Decreto 2112 de 1992 →Vigente
Artículo 105
Decreto 2112 de 1992 · por el cual se reestructura el Instituto Colombiano Geográfico "Agustín Codazzi".
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.