Micelio

Artículo 14

De La Sección De Reclutamiento Y Adiestramiento

Decreto 658 de 1974 · Por el cual se revisa la organización administrativa del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De la Sección de Reclutamiento y adiestramiento. Corresponde a la Sección de Reclutamiento y adiestramiento desarrollar las siguientes funciones

a)

Colaborar con la Oficina de Planeación y Economía Laboral en los estudios sobre las necesidades de personal;

b)

Elaborar proyectos de programas de reclutamiento y selección de personal;

c)

Reclutar el personal de Ministerio de Acuerdo con las normas que establezca el Departamento Administrativo del Servicio Civil;

d)

Adelantar programas de adiestramiento y capacitación para el personal al servicio del Ministerio;

e)

Promover actividades culturales y de bienestar social para los empleados del Ministerio y sus familiares;

f)

Adelantar estudios de clasificación de cargos, y

g)

Revisar si fuere necesario las funciones del personal y adelantar una nueva evaluación y clasificación de los cargos cuando se modifique la estructura de algunas dependencias de Ministerio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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