Micelio

Artículo 2

Ley 60 de 1915 · sobre destrucción de la langosta

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado

Derogado

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.º Las Asambleas Departamentales reglamentarán, de la manera que más convenga a los intereses de cada Sección, la campaña destructora del acridio, ordenada por la presente Ley, valiéndose de todos los medios adecuados y posibles, que demande la atención de aquella calamidad nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 60 de 1915