Micelio

Artículo 8

Ley 51 de 1937 · Por la cual se reglamenta el ejercicio de la Odontología

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para los efectos de la presente Ley se entenderá también, dentro del ejercicio legal de la Odontología o Cirugía Dental, la práctica de la Cirugía oral únicamente por los profesionales diplomados, como también la prescripción de medicamentos en receta o fórmula escrita, y en idioma español, sujetándose a las disposiciones legales al respecto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 51 de 1937