Micelio

Artículo 1

º

Decreto 1179 de 1999 · por el cual se reestructura el Ministerio de Transporte y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Integración del sector transporte. El Sector Transporte está integrado por el Ministerio de Transporte y sus entidades adscritas y vinculadas. El Ministerio de Transporte tendrá a su cargo la orientación, control y evaluación del ejercicio de las funciones de sus entidades adscritas y vinculadas, sin perjuicio de las potestades de decisión que les correspondan, así como de su participación en la formulación de la política, en la elaboración de los programas sectoriales y en la ejecución de los mismos. Las entidades adscritas al Ministerio de Transporte son

1.

La Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - Aerocivil

2.

La Superintendencia de Transporte - Supertransporte

3.

El Instituto Nacional de Vías -Invías-

4.

El Fondo Nacional de Caminos Vecinales -FNCV- Las entidades vinculadas al Ministerio de Transporte son: 1. La Empresa Colombiana de Vías Férreas -Ferrovías- 2. La Sociedad Colombiana de Transporte Ferroviario -STF- Son organismos de Asesoría y Coordinación del Sector Transporte los siguientes: 1. El Comité de Coordinación Permanente entre el Ministerio de Transporte y la Dirección General Marítima del Ministerio de Defensa Nacional. 2. El Consejo Consultivo de Transporte Quedan suprimidos los demás consejos y comités asesores del Ministerio de Transporte vigentes a la fecha de expedición del presente decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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