Micelio

Artículo 1

º

Decreto 1179 de 1999 · por el cual se reestructura el Ministerio de Transporte y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Integración del sector transporte. El Sector Transporte está integrado por el Ministerio de Transporte y sus entidades adscritas y vinculadas. El Ministerio de Transporte tendrá a su cargo la orientación, control y evaluación del ejercicio de las funciones de sus entidades adscritas y vinculadas, sin perjuicio de las potestades de decisión que les correspondan, así como de su participación en la formulación de la política, en la elaboración de los programas sectoriales y en la ejecución de los mismos. Las entidades adscritas al Ministerio de Transporte son

1.

La Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - Aerocivil

2.

La Superintendencia de Transporte - Supertransporte

3.

El Instituto Nacional de Vías -Invías-

4.

El Fondo Nacional de Caminos Vecinales -FNCV- Las entidades vinculadas al Ministerio de Transporte son: 1. La Empresa Colombiana de Vías Férreas -Ferrovías- 2. La Sociedad Colombiana de Transporte Ferroviario -STF- Son organismos de Asesoría y Coordinación del Sector Transporte los siguientes: 1. El Comité de Coordinación Permanente entre el Ministerio de Transporte y la Dirección General Marítima del Ministerio de Defensa Nacional. 2. El Consejo Consultivo de Transporte Quedan suprimidos los demás consejos y comités asesores del Ministerio de Transporte vigentes a la fecha de expedición del presente decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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