Obligaciones del Ministerio de Hacienda y Crédito Público como Administrador del SIIF Nación. Son obligaciones del Ministerio de Hacienda y Crédito Público como Administrador del SIIF Nación las siguientes:
Administrar adecuadamente el Sistema para que funcione conforme al reglamento que expida el Comité Directivo;
Custodiar la información registrada por las entidades usuarias;
Gestionar los mecanismos necesarios que permitan el funcionamiento ininterrumpido y la recuperación automática del Sistema durante el horario establecido;
Poner a disposición del usuario el Sistema de acuerdo con los desarrollos que se presenten, siempre y cuando este cumpla con el reglamento y las especificaciones técnicas exigidas por la Administración del Sistema;
Informar al usuario sobre problemas y fallas técnicas que se presenten en el SIIF Nación;
Actualizar el sistema de acuerdo a los cambios normativos que se hagan a los negocios que lo componen;
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, como Administrador del SIIF Nación, no será responsable, por:
El mal uso de las funcionalidades de la aplicación que hagan los usuarios autorizados por las entidades;
El registro de los datos que hagan los usuarios en el Sistema ni las consecuencias judiciales que estos genere;
La veracidad y validez de los datos registrados por los usuarios autorizados por las entidades;
El uso del Sistema en las entidades por parte de funcionarios o contratistas que no están autorizados para tal fin;
Las aperturas de períodos presupuestales y contables que realicen y autoricen los órganos rectores a través de las funcionalidades definidas para tal fin;
Las demás actividades realizadas por los usuarios del Sistema que no sean de competencia del Administrador del mismo.
(Art. 26 Decreto 2674 de 2012)