°. Oficina Jurídica . Son funciones de la Oficina Jurídica, las siguientes
Dirigir y coordinar los asuntos jurídicos sobre las materias en que se vea comprometida la posición, derechos o intereses del Instituto.
Proyectar para la firma de la Directora General los actos administrativos de contenido jurídico, que no le corresponda preparar a otras dependencias.
Efectuar el control de legalidad de los actos que suscriba la Directora General y que deban ser proyectados por otras dependencias.
Elaborar y conceptuar sobre los proyectos de ley, decretos, acuerdos y demás actos administrativos que sean de interés del Instituto, en coordinación con la entidad cabeza de sector.
Conceptuar sobre los asuntos de contenido jurídico que de oficio considere pertinente o que las dependencias sometan a su consideración.
Brindar asesoría jurídica a las dependencias del Instituto en los asuntos que sean sometidos a su consideración.
Compilar y difundir la normativa y la jurisprudencia, y mantener la unidad doctrinaria en su interpretación, en todos los asuntos de competencia e interés del Instituto.
Establecer los lineamientos jurídicos para la producción normativa, en coordinación las demás dependencias del Instituto, unificando criterios jurídicos cuando existan divergencias de interpretación entre las dependencias.
Determinar, en coordinación con la entidad cabeza del Sector, la conveniencia y la justificación de las consultas ante el Consejo de Estado.
Ejercer la representación extrajudicial, judicial y administrativa en las cuales deba ser parte el Instituto, y mantener actualizada la información sobre el estado de las demandas instauradas contra o por la Entidad.
Representar Instituto Colombiano de Bienestar Familiar en las acciones constitucionales en que sea parte o tenga interés.
Dirigir las estrategias de prevención de daño antijurídico y participar en la definición de los mapas de riesgos jurídicos en el Instituto.
Dirigir y ejercer la facultad de cobro coactivo de las obligaciones a favor de Instituto.
Dirigir las actuaciones en que el Instituto tenga interés por razón de su vocación hereditaria o respecto de bienes vacantes y mostrencos.
Asistir jurídicamente los procesos de autorización, revisión y revocación de los actos de reconocimiento, otorgamiento, suspensión y cancelación de personerías jurídicas y licencias de funcionamiento a establecimientos públicos y entes privados que adelanten programas para la niñez y la familia o desarrollen el programa de adopción.
Ejercer la etapa de juzgamiento de la primera instancia de los procesos disciplinarios que se adelanten contra los servidores y ex servidores públicos del Instituto, de conformidad con la normatividad disciplinaria vigente.
Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.