Los miembros de la Junta Directiva y el Presidente de la Empresa tomarán posesión de sus cargos ante el señor Presidente de la República. El Ministro de Minas y Energía certificará sobre la existencia legal de la Empresa y sobre el ejercicio del cargo, en relación a los miembros de la Junta Directiva y al Presidente de la Empresa, cuando sea necesario demostrar esa calidad.
Decreto 1209 de 1994 →Vigente
Artículo 26
Decreto 1209 de 1994 · por el cual se aprueba una reforma de los Estatutos de la Empresa Colombiana de Petróleos y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.