Micelio

Artículo 1

Decreto 2069 de 2001 · por el cual se determina la composición del Comité Directivo del Fondo de Estabilización de Precios de Exportación del Cacao.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . El Fondo de Estabilización de Precios de Exportación del Cacao, tendrá un Comité Directivo que estará integrado por

1.

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, o su delegado, quien lo presidirá.

2.

El Ministro de Comercio Exterior, o su delegado.

3.

El Director de Cadenas Productivas del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

4.

Un representante de los productores de cacao.

5.

Un representante de los exportadores de cacao.

6.

Un representante de los industriales del cacao.

Parágrafo 1

El representante de los productores, industriales y exportadores se definirá por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, con base en ternas presentadas por cada uno de los gremios representativos de cada actividad.

Parágrafo 2

La Entidad administradora y el Interventor del Fondo de Estabilización de Precios de Exportación del Cacao, participarán en las reuniones del Comité Directivo con voz pero sin voto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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