º Para efectos de la presentación de la declaración de renta por el año gravable de 1981 se distinguirán los siguientes grupos de declarantes, con los plazos que a continuación se indican: 1º Grupo número 1 . Formulario oficial número 1 (rosado). Está diseñado para ser utilizado exclusivamente y de manera obligatoria por las personas naturales colombianas y sucesiones ilíquidas de causantes no extranjeros que estando obligados a presentar declaración de renta, es decir, que habiendo obtenido ingresos superiores a $ 58.000 o poseído un patrimonio bruto superior a $ 230.000, cumplan las condiciones que se señalan a continuación
Poseer un patrimonio bruto en 31 de diciembre de 1981 cuya cuantía no exceda de $ 3.000.000 .
Haber percibido ingresos durante 1981 sin límite de cuantía de una u más de las siguientes fuentes
Salarios, prestaciones sociales, cesantías, viáticos y gastos de representación (se exceptúa la indemnización por despido injustificado).
Pensiones de jubilación o invalidez.
Dividendos de acciones de sociedades anónimas y asimiladas.
Intereses. (Sobre depósitos en cajas de ahorro, secciones de ahorro de los bancos, corporaciones financieras, depósitos a término, inversiones en Upac, etc.)
Arrendamientos.
Corrección monetaria por inversiones en Upac.
No ser socio de sociedades de responsabilidad limitada o asimiladas.
No determinarse la renta líquida por el sistema especial de renta presuntiva.
También deben declarar en este formulario los contribuyentes que hayan percibido "Ingresos Varios" en el año 1981 no superiores a $ 80.000 en total. Es decir ingresos de diferentes fuentes y/o de difícil identificación. El plazo para la presentación de la declaración de renta, en el formulario oficial número 1 (rosado) será desde el primero de enero de 1982 hasta las fechas que se indican a continuación, atendiendo a la primera letra del primer apellido del contribuyente así: Si la primera letra es: Hasta el día A Martes 23 de marzo de 1982 B Miércoles 24 de marzo de 1982 C-Ch Jueves 25 de marzo de 1982 D-E-F Viernes 26 de marzo de 1982 G Martes 30 de marzo de 1982 H-I-J-K-L-Ll Miércoles 31 de marzo de 1982 M-N-Ñ Viernes 2 de abril de 1982 O- P-Q Martes 13 de abril de 1982 R Jueves 15 de abril de 1982 S-T Viernes 16 de abril de 1982 U-U-W-X-Y-Z Martes 20 de abril de 1982 2º Grupo número 2 . Formulario oficial número 2 (blanco). Comprende las personas naturales y sucesiones ilíquidas que: No cumplan la totalidad de las condiciones del grupo número 1. Los contribuyentes de este Grupo, tendrán plazo para la presentación de la declaración de renta, desde el primero de enero de 1982 hasta las fechas que se indican a continuación atendiendo a la primera letra de su primer apellido así: Si la primera letra es: Hasta el día A Martes 27 de abril de 1982 B Miércoles 28 de abril de 1982 C-Ch Jueves 29 de abril de 1982 D-E-F Viernes 30 de abril de 1982 G Martes 4 de mayo de 1982 H-I-J-K-Z-Ll Miércoles 5 de mayo de 1982 M-N-Ñ Viernes 7 de mayo de 1982 O-P-Q Martes 11 de mayo de 1982 R Miércoles 12 de mayo de 1982 S-T Jueves 13 de mayo de 1982 U-V-W-X-Y-Z Viernes 14 de mayo de 1982 3º Grupo numero 3 . Formulario oficial número 3 (azul). Comprende
Las sociedades de responsabilidad limitadla, las colectivas, las en comandita simple, las ordinarias de minas, las irregulares o de hecho de características similares a las anteriores, las comunidades organizadas, las corporaciones o asociaciones con fines de lucro, las fundaciones de interés privado, los bienes destinados a fines especiales en virtud de donaciones o asignaciones modales cuyos donatarios o asignatarios no los usufructúen personalmente, con excepción de las personas jurídicas incluidas en el literal c) de este grupo. El plazo para la presentación de su declaración de renta será desde él primero de enero hasta el 14 de abril de 1982.
Las sociedades anónimas, las en comandita por acciones, las sociedades irregulares o de hecho de características similares a unas u otras, las empresas industriales y comerciales del Estado del orden nacional, las sociedades de economía mixta del orden nacional, los fondos públicos de que trata el artículo 3º del Decreto 1979 de 1974 y las sociedades y entidades extranjeras, con excepción de las personas jurídicas incluidas en el literal c) de este grupo. El plazo para la presentación de su declaración de renta será desde el primero de enero hasta el 21 de abril de 1982.
Las sociedades de cualquier naturaleza que tengan la calidad de contribuyentes y que sean socios de sociedades de responsabilidad limitada o asimiladas. El plazo para la presentación de su declaración de renta será desde el primero de enero hasta el 23 de abril de 1982. 4º Grupo número 4 . Formulario simplificado (violeta), para entidades sin ánimo de lucro. Comprende : a) Las corporaciones o asociaciones sin ánimo de lucro y las instituciones de utilidad común o fundaciones de interés público o social, creadas por la ley o por iniciativa particular, que no sean contribuyentes. (Artículo 2º Decreto 2821 de 1974). La declaración simplificada deberá presentarse dentro del segundo trimestre de 1982. (Abril 1º a junio 20). b) Las entidades oficiales, y, en general las que no tengan la condición de contribuyentes deberán presentar una relación de los pagos superiores a veintinueve mil pesos ($ 29.000), que hubieren efectuado en el año 1981. (Inciso 2º artículo 2º Decreto 2821 de 1974). La presentación de dicha relación deberá hacerse dentro del segundo trimestre de 1982. (Abril 1º a junio 30).