Art. 7° Las partidas destinadas a los gastos que ocasione el uso que el Gobierno haga de las autorizaciones que le cobije esta Ley se considerarán incluidas en presupuesto de Gastos para la vigencia 1891 y 1892.
Ley 23 de 1890 →Vigente
Artículo 7
Ley 23 de 1890 · Por la cual se conceden varias autorizaciones al Gobierno y se fija la cuantía de un sueldo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.