°. Desdoblamiento de la subpartida arancelaria 0910.99.90.00 . La subpartida 0910.99.90.00 quedará con el código, descripción y gravamen arancelario que se indica a continuación: Código Designación de la mercancía Grv. (%) 09.10 Jengibre, azafrán, cúrcuma, tomillo, hojas de laurel, “curri” y demás especias. 0910.99 - - Las demás: 0910.99.90 - - - Las demás: 0910.99.90.10 - - - -Tomillo ( Thymus ) 10% 0910.99.90.90 - - - - Las demás 10%
Decreto 921 de 2024 →Vigente
Artículo 2
Desdoblamiento De La Subpartida Arancelaria 0910
Decreto 921 de 2024 · por el cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas para establecer un desdoblamiento de las subpartidas arancelarias 0709.99.90.00, 0910.99.90.00 y 1211.90.90.00.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.