Art. 2. ° Destinase dos unidades del producido de las Aduanas del Atlántico y de Cúcuta al pago de la deuda proveniente de la expropiación del expresa lo edificio y de los terrenos ó edificios contiguos que sea necesario adquirir. Los documentos correspondientes se expedirán por la Secretaría del Tesoro, y principiará su amortización desde el 1.° de Abril próximo entrante en adelante. Comuníquese y publíquese.
Decreto 732 de 1885 →Vigente
Artículo 2
Decreto 732 de 1885 · Por el cual se abre un crédito extraordinario al presupuesto de gastos para la vigencia económica de 1885 a 1886 y se determina el modo de efectuar el pago de una deuda
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.