Micelio

Artículo 2

Pago De Las Deudas Reconocidas En El Proceso Liquidatorio De La Caja De Previsión Social De Comunicaciones (Caprecom) Eice En Liquidación

Decreto 1130 de 2019 · por el cual se reconoce como deuda pública y se ordena el pago de las deudas reconocidas en el proceso liquidatorio de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones (Caprecom), EICE en Liquidación y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. PAGO DE LAS DEUDAS RECONOCIDAS EN EL PROCESO LIQUIDATORIO DE LA CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DE COMUNICACIONES (CAPRECOM) EICE EN LIQUIDACIÓN . Páguense con cargo al servicio de la deuda pública del Presupuesto General de la Nación las deudas reconocidas en el proceso liquidatorio de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones (Caprecom) EICE en Liquidación, hasta por la suma de quinientos catorce mil doscientos cuarenta y siete millones trescientos ochenta y seis mil ciento treinta y nueve pesos moneda corriente ($514.247.386.139).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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