El Superintendente Bancario, con base en los balances consolidados a 30 de junio de 1960, determinará para cada Banco y Caja de Ahorros, el orden de prelación, las proporciones en que se hagan los ajustes y, en general, la forma como se dé cumplimiento a lo ordenado en el presente Decreto.
Decreto 1691 de 1960 →Vigente
Artículo 13
Decreto 1691 de 1960 · Por el cual se modifican: el régimen de inversiones admisibles y obligatorias de las compañías de seguros y sociedades de capitalización y el régimen de inversiones obligatorias de los bancos y cajas de ahorros
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.